/ viernes 11 de junio de 2021

INVERSIÓN EN CRIPTOMONEDAS

Franco Padilla

Las criptomonedas son un término que para muchos es familiar o al menos lo han escuchado, pero esa gran mayoría solo sabemos que existen y que es una alternativa para invertir tu dinero, no la comprendemos muy bien o no buscamos información suficiente sobre cómo ganar con estas monedas virtuales, que dicen algunos especialistas y cito a mi buen amigo Oswaldo Reyes experto en el tema: “Es como si estuvieras comprando un terreno en la 5ta Avenida de Nueva York hace 80 años”, es decir son una gran oportunidad de inversión.

La autoridad fiscal mexicana tiene que ir a la vanguardia en lo que se está presentando en el mercado, es por esto que el 9 de marzo de 2018, se publicó en el DOF la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), que reconoce a las criptomonedas como activos virtuales, por lo cual surge la pregunta ¿Debo declarar mis ganancias en criptomonedas al SAT? La respuesta es rotundamente SI ya que estas incrementando tu patrimonio al percibir un ingreso independientemente de dónde se encuentre la fuente de riqueza, muchos les dirán que específicamente todavía no están reguladas en nuestras leyes fiscales y que como la mayoría de estos “traders” no están registrados en nuestro país, no es necesario declararlo ni pagar impuestos, esa creencia es completamente errónea y puede llevarlos a tener graves problemas con la autoridad fiscal al ser susceptibles de caer en el concepto de Discrepancia Fiscal.

Si bien las criptomonedas no aparecen como tal en la legislación fiscal no quiere decir que no se deban declarar. El tratamiento actual que se le está dando a este tipo de activos virtuales es el de enajenación de bienes al tratarse de un “activo”, por lo que se debe de llevar un control preciso de cada compra que se realiza, junto con la evidencia necesaria para comprobar el costo de adquisición, esto con el fin de al momento en que vendas tu “activo” puedas disminuirle el costo de adquisición y así únicamente pagar el ISR de la ganancia obtenida. Si ya realizas inversiones en criptomonedas o piensas hacerlo, te recomiendo acercarte con tu contador para que te asesore al respecto.


LCP. Franco Padilla Fuerte

Socio, Director

FP Corporativo

francopadilla@fpcorporativo.com

@CPFRANCOPADILLA

Franco Padilla

Las criptomonedas son un término que para muchos es familiar o al menos lo han escuchado, pero esa gran mayoría solo sabemos que existen y que es una alternativa para invertir tu dinero, no la comprendemos muy bien o no buscamos información suficiente sobre cómo ganar con estas monedas virtuales, que dicen algunos especialistas y cito a mi buen amigo Oswaldo Reyes experto en el tema: “Es como si estuvieras comprando un terreno en la 5ta Avenida de Nueva York hace 80 años”, es decir son una gran oportunidad de inversión.

La autoridad fiscal mexicana tiene que ir a la vanguardia en lo que se está presentando en el mercado, es por esto que el 9 de marzo de 2018, se publicó en el DOF la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), que reconoce a las criptomonedas como activos virtuales, por lo cual surge la pregunta ¿Debo declarar mis ganancias en criptomonedas al SAT? La respuesta es rotundamente SI ya que estas incrementando tu patrimonio al percibir un ingreso independientemente de dónde se encuentre la fuente de riqueza, muchos les dirán que específicamente todavía no están reguladas en nuestras leyes fiscales y que como la mayoría de estos “traders” no están registrados en nuestro país, no es necesario declararlo ni pagar impuestos, esa creencia es completamente errónea y puede llevarlos a tener graves problemas con la autoridad fiscal al ser susceptibles de caer en el concepto de Discrepancia Fiscal.

Si bien las criptomonedas no aparecen como tal en la legislación fiscal no quiere decir que no se deban declarar. El tratamiento actual que se le está dando a este tipo de activos virtuales es el de enajenación de bienes al tratarse de un “activo”, por lo que se debe de llevar un control preciso de cada compra que se realiza, junto con la evidencia necesaria para comprobar el costo de adquisición, esto con el fin de al momento en que vendas tu “activo” puedas disminuirle el costo de adquisición y así únicamente pagar el ISR de la ganancia obtenida. Si ya realizas inversiones en criptomonedas o piensas hacerlo, te recomiendo acercarte con tu contador para que te asesore al respecto.


LCP. Franco Padilla Fuerte

Socio, Director

FP Corporativo

francopadilla@fpcorporativo.com

@CPFRANCOPADILLA