/ miércoles 13 de junio de 2018

Suprema Corte otorga amparo a Ríos Piter para uso lúdico de marihuana

A diferencia de lo sucedido en amparos anteriores, en este asunto Piter solicitó autorización para adquirir la semilla de cannabis

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, otorgaron al ex aspirante presidencial Armado Ríos Piter un amparo para el consumo personal lúdico de marihuana y la realización de actos correlativos al consumo como la siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, posesión, transporte e importación y adquisición de semillas.

En sesión de este miércoles, la Primera Sala resolvió el amparo en revisión 623/2017, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, derivado de la negativa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de otorgar permiso a Ríos Piter para consumir marihuana.

La Primera Sala determinó que los artículos 235, último párrafo; 237, 245, fracción I; 247, último párrafo y 248 de la Ley General de Salud, que prohíben el consumo personal para fines lúdicos y recreativos de marihuana y otros actos correlativos, son inconstitucionales por limitar de forma innecesaria y desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

A diferencia de lo sucedido en amparos anteriores, en este asunto Piter solicitó autorización para adquirir la semilla de cannabis. Al respecto, la Primera Sala estableció que la prohibición de adquisición de la semilla también viola el libre desarrollo de la personalidad, por lo que indicó que la prohibición absoluta de la adquisición de la semilla afecta de manera desproporcionada ese derecho y que la adquisición de la semilla de cannabis no produce per se afectación a la salud.

En conclusión, la Primera Sala concedió el amparo para que el Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), otorgue a Ríos Piter la autorización sanitaria para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos, y se estableció que corresponderá a dicha Comisión determinar los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla, en el entendido de que está obligada a tomar todas las medidas necesarias para dar cauce al derecho al libre desarrollo de la personalidad del recurrente que se reconoce en la resolución.

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, otorgaron al ex aspirante presidencial Armado Ríos Piter un amparo para el consumo personal lúdico de marihuana y la realización de actos correlativos al consumo como la siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, posesión, transporte e importación y adquisición de semillas.

En sesión de este miércoles, la Primera Sala resolvió el amparo en revisión 623/2017, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, derivado de la negativa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de otorgar permiso a Ríos Piter para consumir marihuana.

La Primera Sala determinó que los artículos 235, último párrafo; 237, 245, fracción I; 247, último párrafo y 248 de la Ley General de Salud, que prohíben el consumo personal para fines lúdicos y recreativos de marihuana y otros actos correlativos, son inconstitucionales por limitar de forma innecesaria y desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

A diferencia de lo sucedido en amparos anteriores, en este asunto Piter solicitó autorización para adquirir la semilla de cannabis. Al respecto, la Primera Sala estableció que la prohibición de adquisición de la semilla también viola el libre desarrollo de la personalidad, por lo que indicó que la prohibición absoluta de la adquisición de la semilla afecta de manera desproporcionada ese derecho y que la adquisición de la semilla de cannabis no produce per se afectación a la salud.

En conclusión, la Primera Sala concedió el amparo para que el Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), otorgue a Ríos Piter la autorización sanitaria para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos, y se estableció que corresponderá a dicha Comisión determinar los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla, en el entendido de que está obligada a tomar todas las medidas necesarias para dar cauce al derecho al libre desarrollo de la personalidad del recurrente que se reconoce en la resolución.

Local

Estudiantes guanajuatenses crean CECyTENIS

"Estudiantes del CECyTEG de Guanajuato lanzan línea de calzado en colaboración con High Elite

Local

Isaí el niño milagro: venció el cáncer

A los 4 años le diagnosticaron un tumor cancerígeno en etapa 4

Local

Buscan rehabilitar 60 mil casas abandonadas en León

Seguirán promoviendo alianzas estratégicas con el sector privado para acelerar el crecimiento urbano y garantizar una mejor calidad de vida para los ciudadanos

Local

Investigan autoridades siete casos de pornografía infantil en Guanajuato

El 29 de abril fue avalado como Día Contra la Sustracción de Menores en México

Local

Investiga Fiscalía de Guanajuato más de 10 mil 800 casos de abuso y violación contra menores de edad

84.20% de las víctimas son mujeres, 13.1% hombres y 2.63% sin datos, principalmente entre los 13 y 16 años de edad

Local

Ciencias, matemáticas e inglés, disciplinas que llevarán al éxito a estudiantes de Guanajuato: DI-Bella

El presidente de El Gran Bajío dijo que Guanajuato debería construir su propio sistema educativo o uno complementario al de la SEP, para aprovechar el boom del nearshoring y la mentefactura