/ lunes 17 de abril de 2023

SCJN prohíbe al Ejército espiar a civiles sin una orden judicial

El Pleno de la Suprema Corte invalidó la facultad de la Sedena para invervenir comunicaciones civiles sin una orden judicial

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó este lunes que el Ejército no podrá intervenir las comunicaciones civiles sin la autorización previa de un juez.

Con 8 votos a favor y 3 en contra, los ministros invalidaron los artículos 291, 296, 296 y 81 Bis fracción VII del Código Militar de Procedimientos Penales, así como del Código de Justicia Militar.

Los artículos 291, 295 y 296 del Código Militar de Procedimientos Penales permitían a los militares "intervenir las comunicaciones privadas sin orden judicial", además de que los facultaba para "destruir los registros de intervenciones no autorizadas" o cuando estos rebasen los términos de la autorización judicial respectiva.

Además, la SCJN anuló la facultad de los militares para asegurar cuentas bancarias sin autorización de un Juez civil, aunque sea un posible delito del fuero castrense.

La acción de inconstitucionalidad fue propuesta por el ministro Luis María Aguilar Morales, la cual a su vez había sido promovida en mayo de 2016 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de dichos artículos.

Aguilar Morales consideró que a pesar de que el código militar impugnado refiere algunos controles para ejercer estas intervenciones, "no son claras ni suficientes".

El ministro señaló que la resolución surtirá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor el decreto impugnado, lo anterior en el entendido de que corresponderá a los operadores jurídicos competentes resolver cada caso concreto.

Investigación reveló espionaje a civiles con Pegasus

En marzo pasado, una investigación llamada "Ejército Espía" denunció una estructura secreta de espionaje ilegal con el software Pegasus para interferir en las investigaciones de abusos de activistas que denuncian violaciones a los derechos humanos de las Fuerzas Armadas.

La investigación, realizada por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Artículo 19 y Social Tic, demostró que, de acuerdo con documentos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), dicha estructura militar espió con Pegasus al activista Raymundo Ramos en Tamaulipas.

En octubre del año pasado, el grupo Guacamaya Leaks publicó documentos que hackeó de la Sedena, en los que se revelaba que "el Ejército había espiado, ya con el presidente López Obrador en el poder, a periodistas y activistas".

Antes de ello, una investigación de medios internacionales destapó en 2021 que varios países intervinieron 50 mil teléfonos con el programa Pegasus, de los que 15 mil casos fueron en México durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, la cifra más alta del mundo.

La investigación reveló que fueron intervenidas las comunicaciones de activistas y periodistas; del entonces líder opositor y actual presidente, López Obrador, además de algunos de sus colaboradores y su cardiólogo, así como familiares de los 43 estudiantes desaparecidos en Ayotzinapa.



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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó este lunes que el Ejército no podrá intervenir las comunicaciones civiles sin la autorización previa de un juez.

Con 8 votos a favor y 3 en contra, los ministros invalidaron los artículos 291, 296, 296 y 81 Bis fracción VII del Código Militar de Procedimientos Penales, así como del Código de Justicia Militar.

Los artículos 291, 295 y 296 del Código Militar de Procedimientos Penales permitían a los militares "intervenir las comunicaciones privadas sin orden judicial", además de que los facultaba para "destruir los registros de intervenciones no autorizadas" o cuando estos rebasen los términos de la autorización judicial respectiva.

Además, la SCJN anuló la facultad de los militares para asegurar cuentas bancarias sin autorización de un Juez civil, aunque sea un posible delito del fuero castrense.

La acción de inconstitucionalidad fue propuesta por el ministro Luis María Aguilar Morales, la cual a su vez había sido promovida en mayo de 2016 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de dichos artículos.

Aguilar Morales consideró que a pesar de que el código militar impugnado refiere algunos controles para ejercer estas intervenciones, "no son claras ni suficientes".

El ministro señaló que la resolución surtirá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor el decreto impugnado, lo anterior en el entendido de que corresponderá a los operadores jurídicos competentes resolver cada caso concreto.

Investigación reveló espionaje a civiles con Pegasus

En marzo pasado, una investigación llamada "Ejército Espía" denunció una estructura secreta de espionaje ilegal con el software Pegasus para interferir en las investigaciones de abusos de activistas que denuncian violaciones a los derechos humanos de las Fuerzas Armadas.

La investigación, realizada por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Artículo 19 y Social Tic, demostró que, de acuerdo con documentos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), dicha estructura militar espió con Pegasus al activista Raymundo Ramos en Tamaulipas.

En octubre del año pasado, el grupo Guacamaya Leaks publicó documentos que hackeó de la Sedena, en los que se revelaba que "el Ejército había espiado, ya con el presidente López Obrador en el poder, a periodistas y activistas".

Antes de ello, una investigación de medios internacionales destapó en 2021 que varios países intervinieron 50 mil teléfonos con el programa Pegasus, de los que 15 mil casos fueron en México durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, la cifra más alta del mundo.

La investigación reveló que fueron intervenidas las comunicaciones de activistas y periodistas; del entonces líder opositor y actual presidente, López Obrador, además de algunos de sus colaboradores y su cardiólogo, así como familiares de los 43 estudiantes desaparecidos en Ayotzinapa.



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