/ martes 28 de noviembre de 2023

Diputados posponen discusión sobre reforma para permitir la eutanasia en México

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados pospuso la discusión sobre la reforma que despanalizaría la eutanasia en México, sin ninguna explicación de por medio

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados pospuso la discusión de la reforma impulsada por Morena, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano que busca despenalizar la eutanasia en México y garantizar el derecho a una muerte digna.

Sin ninguna explicación de por medio, la reunión programada para este martes a las 17:00 horas fue cancelada, sin embargo, previo a la discusión hubo pronunciamientos en contra por parte de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) que advirtió que la eutanasia es “un atentado contra la dignidad humana”.

El proyecto que sería sometido a análisis propone la derogación del artículo 166 Bis 21 de la Ley de Salud que castiga la eutanasia o suicidio asistido con una pena de uno a cinco años de prisión, así como diversas modificaciones a la misma ley para permitir la eutanasia.

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La reforma a discutir propone agregar un Título Octavo Ter denominado “De la eutanasia” a la Ley de Salud para definir a esta práctica como “el acto deliberado de poner fin a la vida de un paciente que sufre una enfermedad terminal o una condición médica irreversible, a petición expresa y voluntaria de dicho paciente, en los supuestos y conforme a las condiciones y requisitos que se establecen”.

Las personas podrán acceder a la eutanasia cuando sufran una enfermedad terminal o una condición médica irreversible y estará condicionada a que los pacientes sean mayores de edad, se encuentren en uso de sus facultades mentales y presenten una solicitud por escrito, sin influencia externa, en presencia de un fedatario público y dos testigos independientes, de acuerdo con el proyecto de dictamen que circulo entre los integrantes de la Comisión.

El proyecto establece como requisito que el paciente se someta a una evaluación médica para determinar que cumple con los supuestos para acceder a la eutanasia, que al paciente le sea practicada una evaluación psicológica exhaustiva cuando el médico tratante considere necesario; que se determine por un psiquiatra la capacidad del paciente para tomar la decisión y que, al menos un médico o un comité médico revise la solicitud de eutanasia y la evaluación del paciente practicada por su médico tratante.

Una vez presentada la solicitud, se procederá a la evaluación médica, y en su caso, psicológica; revisión, verificación y validación por segundo médico o comité médico; y por último la realización de la eutanasia que tendrá que llevar a cabo de manera humana y digna, utilizando métodos médicos apropiados para garantizar la tranquilidad, la comodidad y la ausencia del dolor del paciente.

El proyecto establece que los médicos y el personal de salud tendrán el derecho de abstenerse de participar en la eutanasia por motivos personales o de conciencia y en ese caso estarán obligados a derivar al paciente a otro médico que pudiera llevar a cabo el procedimiento.

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Establece también que instituciones públicas de salud no podrán ser objetoras del procedimiento de eutanasia, siendo aplicables a esas instituciones y a su personal médico profesional y de enfermería.

El proyecto de dictamen también establece que la Secretaría de Salud tendrá que mantener un registro de las eutanasias realizadas y contar con un sistema electrónico que haga posible recibir los informes que presenten los médicos, establecimientos y hospitales, según corresponda.

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados pospuso la discusión de la reforma impulsada por Morena, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano que busca despenalizar la eutanasia en México y garantizar el derecho a una muerte digna.

Sin ninguna explicación de por medio, la reunión programada para este martes a las 17:00 horas fue cancelada, sin embargo, previo a la discusión hubo pronunciamientos en contra por parte de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) que advirtió que la eutanasia es “un atentado contra la dignidad humana”.

El proyecto que sería sometido a análisis propone la derogación del artículo 166 Bis 21 de la Ley de Salud que castiga la eutanasia o suicidio asistido con una pena de uno a cinco años de prisión, así como diversas modificaciones a la misma ley para permitir la eutanasia.

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La reforma a discutir propone agregar un Título Octavo Ter denominado “De la eutanasia” a la Ley de Salud para definir a esta práctica como “el acto deliberado de poner fin a la vida de un paciente que sufre una enfermedad terminal o una condición médica irreversible, a petición expresa y voluntaria de dicho paciente, en los supuestos y conforme a las condiciones y requisitos que se establecen”.

Las personas podrán acceder a la eutanasia cuando sufran una enfermedad terminal o una condición médica irreversible y estará condicionada a que los pacientes sean mayores de edad, se encuentren en uso de sus facultades mentales y presenten una solicitud por escrito, sin influencia externa, en presencia de un fedatario público y dos testigos independientes, de acuerdo con el proyecto de dictamen que circulo entre los integrantes de la Comisión.

El proyecto establece como requisito que el paciente se someta a una evaluación médica para determinar que cumple con los supuestos para acceder a la eutanasia, que al paciente le sea practicada una evaluación psicológica exhaustiva cuando el médico tratante considere necesario; que se determine por un psiquiatra la capacidad del paciente para tomar la decisión y que, al menos un médico o un comité médico revise la solicitud de eutanasia y la evaluación del paciente practicada por su médico tratante.

Una vez presentada la solicitud, se procederá a la evaluación médica, y en su caso, psicológica; revisión, verificación y validación por segundo médico o comité médico; y por último la realización de la eutanasia que tendrá que llevar a cabo de manera humana y digna, utilizando métodos médicos apropiados para garantizar la tranquilidad, la comodidad y la ausencia del dolor del paciente.

El proyecto establece que los médicos y el personal de salud tendrán el derecho de abstenerse de participar en la eutanasia por motivos personales o de conciencia y en ese caso estarán obligados a derivar al paciente a otro médico que pudiera llevar a cabo el procedimiento.

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Establece también que instituciones públicas de salud no podrán ser objetoras del procedimiento de eutanasia, siendo aplicables a esas instituciones y a su personal médico profesional y de enfermería.

El proyecto de dictamen también establece que la Secretaría de Salud tendrá que mantener un registro de las eutanasias realizadas y contar con un sistema electrónico que haga posible recibir los informes que presenten los médicos, establecimientos y hospitales, según corresponda.

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