/ martes 30 de agosto de 2022

Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas

La resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

Irapuato, Gto.- El origen del Día Internacional de Desaparecidos surge un 21 de diciembre del 2010 en que la Asamblea General en virtud de la resolución A/RES/65/209 expresó su preocupación en particular por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos y familiares de personas que han desaparecido.

La resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declara el 30 de agosto Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas que empezó a observarse en el 2011.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo.

Las desapariciones forzadas que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy en día en situaciones complejas de conflicto interno especialmente como método de represión política de los oponentes y es motivo de especial preocupación, el acoso de los defensores de los derechos humanos, parientes de las víctimas, los testigos y los abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada, el uso por los estados de la lucha contra el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones y la todavía generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada.

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La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos, la sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos de desaparecidos sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

Debe prestarse también especial atención a los grupos de personas especialmente vulnerables como los niños y las personas con discapacidad.

Miles de personas han desaparecido durante conflictos o en periodos de represión en al menos 85 países de todo el mundo.

Las víctimas muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la vida y para los miembros de la familia que no saben la suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la desesperación, cavilando y esperando aveces durante años, noticias que nunca lleguen.

Las víctimas saben bien que sus familiar desconocen su paradero y que son escasas las posibilidades de que alguien venga ayudarlas.

Al haberse separado del ámbito protector de la ley y al haber desaparecido de la sociedad se encuentra de hecho privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores.

Incluso si la muerte no es el desenlace final y tarde o temprano termina la pesadilla y quedan libres las víctimas estás puedan sufrir durante largo tiempo las cicatrices físicas y psicológicas por esa forma de deshumanización y de la brutalidad y la tortura.

A esta también se suman con frecuencia a los amigos y familiares de las personas desaparecidas quienes sufren una angustia mental lenta, ignorando si la victima vive aún y de ser así dónde se encuentra recluida, en qué condiciones y cuál es su estado de salud.

Consientes de que ellos también están amenazados saben que pueden correr la misma surte y que el mero hecho de indagar la verdad tal vez les exponga a un peligro aún mayor.

En cuento a México que es parte de instrumentos en la materia se puede mencionar la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas.

Por otro lado encontramos que la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 19 de Septiembre de 1990 creó el Programa Especial de Presuntos Desaparecidos (PREDES) actualmente denominado Programa Especial de Personas Desaparecidas, el cual tiene como objetivo conocer e investigar quejas relativas a personas de las que se desconoce su paradero y cuya desaparición involucra presuntamente la participación de alguna autoridad o persona servidora pública federal a fin de lograr ubicarlas y determinar existencia o no de violaciones a derechos humano.

Irapuato, Gto.- El origen del Día Internacional de Desaparecidos surge un 21 de diciembre del 2010 en que la Asamblea General en virtud de la resolución A/RES/65/209 expresó su preocupación en particular por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos y familiares de personas que han desaparecido.

La resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declara el 30 de agosto Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas que empezó a observarse en el 2011.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo.

Las desapariciones forzadas que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy en día en situaciones complejas de conflicto interno especialmente como método de represión política de los oponentes y es motivo de especial preocupación, el acoso de los defensores de los derechos humanos, parientes de las víctimas, los testigos y los abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada, el uso por los estados de la lucha contra el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones y la todavía generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada.

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Debe prestarse también especial atención a los grupos de personas especialmente vulnerables como los niños y las personas con discapacidad.

Miles de personas han desaparecido durante conflictos o en periodos de represión en al menos 85 países de todo el mundo.

Las víctimas muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la vida y para los miembros de la familia que no saben la suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la desesperación, cavilando y esperando aveces durante años, noticias que nunca lleguen.

Las víctimas saben bien que sus familiar desconocen su paradero y que son escasas las posibilidades de que alguien venga ayudarlas.

Al haberse separado del ámbito protector de la ley y al haber desaparecido de la sociedad se encuentra de hecho privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores.

Incluso si la muerte no es el desenlace final y tarde o temprano termina la pesadilla y quedan libres las víctimas estás puedan sufrir durante largo tiempo las cicatrices físicas y psicológicas por esa forma de deshumanización y de la brutalidad y la tortura.

A esta también se suman con frecuencia a los amigos y familiares de las personas desaparecidas quienes sufren una angustia mental lenta, ignorando si la victima vive aún y de ser así dónde se encuentra recluida, en qué condiciones y cuál es su estado de salud.

Consientes de que ellos también están amenazados saben que pueden correr la misma surte y que el mero hecho de indagar la verdad tal vez les exponga a un peligro aún mayor.

En cuento a México que es parte de instrumentos en la materia se puede mencionar la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas.

Por otro lado encontramos que la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 19 de Septiembre de 1990 creó el Programa Especial de Presuntos Desaparecidos (PREDES) actualmente denominado Programa Especial de Personas Desaparecidas, el cual tiene como objetivo conocer e investigar quejas relativas a personas de las que se desconoce su paradero y cuya desaparición involucra presuntamente la participación de alguna autoridad o persona servidora pública federal a fin de lograr ubicarlas y determinar existencia o no de violaciones a derechos humano.

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