/ jueves 28 de septiembre de 2023

Invalida SCJN reforma electoral de Guanajuato

Fueron 8 los votos a favor del proyecto de invalidez

La Suprema Corte invalidó la reforma electoral de Guanajuato, al reunir este mediodía los tres votos que se necesitaban, y que quedaron en suspenso desde la semana pasada.

En total, fueron 8 votos a favor de la invalidez de la reforma y cinco en contra. En la sesión de hoy se sumaron los votos de los ministros Luis María Aguilar Morales, Ana Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán.

Así la Acción de Inconstitucionalidad 147 promovida por el partido político MORENA, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Decreto Legislativo 205, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 31 de mayo de 2023, ha sido aprobada.

La ministra presidenta Norma Piña Hernández recordó que el pasado 21 de septiembre inició la discusión de este asunto, y recordando que acordaron tomar como definitivas las votaciones de los ministros presentes y esperar a que estuvieran presentes los ministros que estaban desempeñando ese día una comisión.

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales se mostraron a favor de la invalidez de la reforma porque no se cumplieron principios de deliberación democrática y representatividad de las minorías.

En su exposición el ministro Pérez declaró fundados algunos argumentos referidos por el partido político MORENA, e hizo referencia de un caso similar abordado por la Suprema Corte, refiriéndose al promovido por la oposición contra el plan B del presidente Andrés Manuel López Obrador, citando que el 8 de mayo de 2023 las acciones de inconstitucionalidad 29 de 2023 y sus acumuladas, 30, 31, 37, 38, 43 y 47 todas de 2023 por nueve votos.

La ministra Ríos Farjat, mencionó que en esencia esta a favor del proyecto.

Así la presidenta Piña Hernández expresó: “Tomando en cuenta la votación definitiva que se tomó el lunes y estos 3 votos que acaban de expresar los ministros, ¿Cómo sería la votación final?”

“Con gusto, ministra presidenta, existe una mayoría de 8 votos a favor de la propuesta de invalidez. El señor ministro Aguilar Morales, en contra de los párrafos 48 y 49, la señora ministra Ríos Farjat, con reserva de voto concurrente.” Respondió el Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Rafael Coello Cetina.

“Gracias, en ese sentido, se alcanza la votación requerida por la Constitución para declarar la invalidez del decreto.” Mencionó la ministra presidenta a las 11:39 hrs. para dar paso al tema de los efectos, dando golpe con el mazo a las 11:47:34 hrs. del jueves 28 de septiembre de 2023.

Ha sido criterio reiterado de La Corte que, para la dispensa de trámites en el procedimiento legislativo, se deben acreditar por lo menos la existencia de determinados hechos que generen una condición de urgencia en la discusión y aprobación de una iniciativa de ley o decreto, así como la relación medio-fin y que tal condición de urgencia haga evidente la necesidad de que se omitan ciertos trámites parlamentarios, sin que en caso alguno se traduzca en afectación a principios democráticos.

La reforma electoral de Guanajuato señalaba el inicio del proceso electoral local en el mes de noviembre, en este sentido, la invalidez de la reforma no sufrirá cambio, pues la anterior mencionaba que el proceso iniciaría en septiembre.

La Suprema Corte invalidó la reforma electoral de Guanajuato, al reunir este mediodía los tres votos que se necesitaban, y que quedaron en suspenso desde la semana pasada.

En total, fueron 8 votos a favor de la invalidez de la reforma y cinco en contra. En la sesión de hoy se sumaron los votos de los ministros Luis María Aguilar Morales, Ana Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán.

Así la Acción de Inconstitucionalidad 147 promovida por el partido político MORENA, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Decreto Legislativo 205, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 31 de mayo de 2023, ha sido aprobada.

La ministra presidenta Norma Piña Hernández recordó que el pasado 21 de septiembre inició la discusión de este asunto, y recordando que acordaron tomar como definitivas las votaciones de los ministros presentes y esperar a que estuvieran presentes los ministros que estaban desempeñando ese día una comisión.

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales se mostraron a favor de la invalidez de la reforma porque no se cumplieron principios de deliberación democrática y representatividad de las minorías.

En su exposición el ministro Pérez declaró fundados algunos argumentos referidos por el partido político MORENA, e hizo referencia de un caso similar abordado por la Suprema Corte, refiriéndose al promovido por la oposición contra el plan B del presidente Andrés Manuel López Obrador, citando que el 8 de mayo de 2023 las acciones de inconstitucionalidad 29 de 2023 y sus acumuladas, 30, 31, 37, 38, 43 y 47 todas de 2023 por nueve votos.

La ministra Ríos Farjat, mencionó que en esencia esta a favor del proyecto.

Así la presidenta Piña Hernández expresó: “Tomando en cuenta la votación definitiva que se tomó el lunes y estos 3 votos que acaban de expresar los ministros, ¿Cómo sería la votación final?”

“Con gusto, ministra presidenta, existe una mayoría de 8 votos a favor de la propuesta de invalidez. El señor ministro Aguilar Morales, en contra de los párrafos 48 y 49, la señora ministra Ríos Farjat, con reserva de voto concurrente.” Respondió el Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Rafael Coello Cetina.

“Gracias, en ese sentido, se alcanza la votación requerida por la Constitución para declarar la invalidez del decreto.” Mencionó la ministra presidenta a las 11:39 hrs. para dar paso al tema de los efectos, dando golpe con el mazo a las 11:47:34 hrs. del jueves 28 de septiembre de 2023.

Ha sido criterio reiterado de La Corte que, para la dispensa de trámites en el procedimiento legislativo, se deben acreditar por lo menos la existencia de determinados hechos que generen una condición de urgencia en la discusión y aprobación de una iniciativa de ley o decreto, así como la relación medio-fin y que tal condición de urgencia haga evidente la necesidad de que se omitan ciertos trámites parlamentarios, sin que en caso alguno se traduzca en afectación a principios democráticos.

La reforma electoral de Guanajuato señalaba el inicio del proceso electoral local en el mes de noviembre, en este sentido, la invalidez de la reforma no sufrirá cambio, pues la anterior mencionaba que el proceso iniciaría en septiembre.

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