/ viernes 6 de noviembre de 2020

Reforman ley penal, protegen a menores en procesos legales

La reforma implica que las entrevistas que se les realicen a los menores de edad en procesos penales sean grabadas

Los legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron la reforma a los artículos 261 y 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para que las entrevistas a menores de edad en los procesos penales sean grabadas, por lo que ahora se podrá evitar que el niño o adolescente resulte revictimizado e intimidado.

Pilar Ortega Martínez, diputada federal del Partido Acción Nacional, dijo que es necesario que se proteja a los menores de edad al momento en que se ven como testigos de algún delito, pues señaló que han sido muchos los casos en los que se ven involucrados niños, niñas y adolescentes en procesos legales, ya sea como víctimas o testigos de delitos.

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Por ello, mencionó que la reforma a los artículos 261 y 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se trata de que quienes imparten justicia en caso de que se involucre a algún menor de edad, las entrevistas que se realicen deban ser grabadas en audio e imagen, al igual que la dicha grabación deba transcribirse e integrarse al expediente del caso, así como extenderle una copia al representante legal del niño o niña.

Incluso, los instrumentos para la grabación deben mostrarse al menor de edad, y explicar el motivo de la misma, mientras que también se salvaguardará su identidad.

Es fundamental que la presencia y uso de instrumentos de grabación no sean ocultados al menor de edad; por el contrario, deben mostrarse y explicitar el motivo de su utilización”.

La también presidenta de la Comisión de Justicia señaló que con esta reforma se estará garantizando la protección a los niños, niñas y adolescentes, así como evitar que se vulneren sus derechos y no se revictimice, pues aseguró que algunos de los casos se podría estar hasta intimidando a los niños y adolescentes durante las entrevistas.

Con la reforma se pretende seguir brindando protección efectiva a las niñas, niños y adolescentes, al garantizar que al participar en un proceso de orden penal no se vulneren sus derechos (...)”.

Los legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron la reforma a los artículos 261 y 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para que las entrevistas a menores de edad en los procesos penales sean grabadas, por lo que ahora se podrá evitar que el niño o adolescente resulte revictimizado e intimidado.

Pilar Ortega Martínez, diputada federal del Partido Acción Nacional, dijo que es necesario que se proteja a los menores de edad al momento en que se ven como testigos de algún delito, pues señaló que han sido muchos los casos en los que se ven involucrados niños, niñas y adolescentes en procesos legales, ya sea como víctimas o testigos de delitos.

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Por ello, mencionó que la reforma a los artículos 261 y 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se trata de que quienes imparten justicia en caso de que se involucre a algún menor de edad, las entrevistas que se realicen deban ser grabadas en audio e imagen, al igual que la dicha grabación deba transcribirse e integrarse al expediente del caso, así como extenderle una copia al representante legal del niño o niña.

Incluso, los instrumentos para la grabación deben mostrarse al menor de edad, y explicar el motivo de la misma, mientras que también se salvaguardará su identidad.

Es fundamental que la presencia y uso de instrumentos de grabación no sean ocultados al menor de edad; por el contrario, deben mostrarse y explicitar el motivo de su utilización”.

La también presidenta de la Comisión de Justicia señaló que con esta reforma se estará garantizando la protección a los niños, niñas y adolescentes, así como evitar que se vulneren sus derechos y no se revictimice, pues aseguró que algunos de los casos se podría estar hasta intimidando a los niños y adolescentes durante las entrevistas.

Con la reforma se pretende seguir brindando protección efectiva a las niñas, niños y adolescentes, al garantizar que al participar en un proceso de orden penal no se vulneren sus derechos (...)”.

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