León, Gto.- La Procuraduría Federal del Consumidor impulsa a los usuarios de autobuses a contar con información clara y oportuna de reembolsos al viajar en autobús así como cuándo se debe hacer válido el seguro de viajero.
Informó que si el autobús se retrasó por más de dos horas y la persona no desea realizar el viaje se tiene derecho a solicitar el reembolso del importe de su boleto.
Por otra parte, con respecto al seguro de viajero, toda compañía de autotransporte de pasajeros tiene la obligación de contar con él, debe amparar los gastos médicos y la indemnización por muerte en caso de accidentes.
Deberá responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje de los pasajeros, desde que abordan hasta que descienden del vehículo, siempre y cuando conserven su boleto y/o comprobante de equipaje.
VIAJE EN AVIÓN
En el caso de las personas que viajan en avión, la aerolínea puede ofrecer servicios adicionales, pero no podrá realizar cargos sin el consentimiento de la persona o que condicionen la compra.
La aerolínea puede ofrecer servicios adicionales como seguros, renta de autos y asistencia, pero no pueden condicionar la compra a cambio de la contratación obligatoria de servicios adicionales.