/ jueves 22 de octubre de 2020

Pide Municipio no asignar policías a Estadio León

El juzgado advirtió que si las autoridades policiacas no actúan con la celeridad que requieran los hechos durante el desahogo de la diligencia judicial pospuesta, “se entenderá que se está oponiendo a la ejecución de la sentencia dictada en este juicio”.

La Presidencia Municipal de León pidió al juzgado federal que lleva el caso del Estadio Nou Camp, reconsiderar la orden que le dio el 13 de octubre de asignar a sus policías el cuidado del inmueble para evitar algún daño, pero la juez le negó la petición.

Pero no sólo eso, sino que le advirtió que en el futuro si la Policía Municipal no atiende con prontitud el resguardo, se entenderá que también el Municipio se está oponiendo a la entrega del estadio. Y que puede haber consecuencias legales para el municipio.

Así quedó asentado ayer en un acuerdo de la juez federal que lleva el caso 9/2011 publicado en los estrados electrónicos de la página de internet del Poder Judicial de la Federación.

⬇️ Dale clic aquí ⬇️

El documento refiere primero la petición de la Presidencia Municipal:

En cuanto a la reconsideración que consta, (…) por estimar que la función propia de la Secretaría de Seguridad Pública no puede incidir ni guardar relación con una oposición a la diligencia de ejecución de sentencia e imputarse a la parte demandada, ya que ello resultaría contrario a las funciones de dicha Secretaría.

Y enseguida el juzgado federal responde: “dígasele que deberá estarse a lo acordado en proveído del 13 de octubre pasado, en el que se le hizo saber que con independencia de figurar como parte demandada perdidosa en el presente asunto, lo cierto es que como autoridad tiene la obligación de garantizar la seguridad en el territorio municipal, en tanto que la Dirección General de Policía Municipal, como la Dirección General de Tránsito Municipal se encuentran a su cargo, de ahí que está obligada a actuar de inmediato para garantizar la seguridad en el territorio municipal y en su caso, contener cualquier tipo de situación que la afecte”.

El juzgado señala que puesto que sólo en el caso de que las autoridades a su cargo no actúen con celeridad que requieran los hechos que en su momento se verifiquen durante el desahogo de la referida diligencia, se entenderá que se está oponiendo a la ejecución de la sentencia dictada en este juicio, con las consecuencias legales que ello implique”.


La Presidencia Municipal de León pidió al juzgado federal que lleva el caso del Estadio Nou Camp, reconsiderar la orden que le dio el 13 de octubre de asignar a sus policías el cuidado del inmueble para evitar algún daño, pero la juez le negó la petición.

Pero no sólo eso, sino que le advirtió que en el futuro si la Policía Municipal no atiende con prontitud el resguardo, se entenderá que también el Municipio se está oponiendo a la entrega del estadio. Y que puede haber consecuencias legales para el municipio.

Así quedó asentado ayer en un acuerdo de la juez federal que lleva el caso 9/2011 publicado en los estrados electrónicos de la página de internet del Poder Judicial de la Federación.

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El documento refiere primero la petición de la Presidencia Municipal:

En cuanto a la reconsideración que consta, (…) por estimar que la función propia de la Secretaría de Seguridad Pública no puede incidir ni guardar relación con una oposición a la diligencia de ejecución de sentencia e imputarse a la parte demandada, ya que ello resultaría contrario a las funciones de dicha Secretaría.

Y enseguida el juzgado federal responde: “dígasele que deberá estarse a lo acordado en proveído del 13 de octubre pasado, en el que se le hizo saber que con independencia de figurar como parte demandada perdidosa en el presente asunto, lo cierto es que como autoridad tiene la obligación de garantizar la seguridad en el territorio municipal, en tanto que la Dirección General de Policía Municipal, como la Dirección General de Tránsito Municipal se encuentran a su cargo, de ahí que está obligada a actuar de inmediato para garantizar la seguridad en el territorio municipal y en su caso, contener cualquier tipo de situación que la afecte”.

El juzgado señala que puesto que sólo en el caso de que las autoridades a su cargo no actúen con celeridad que requieran los hechos que en su momento se verifiquen durante el desahogo de la referida diligencia, se entenderá que se está oponiendo a la ejecución de la sentencia dictada en este juicio, con las consecuencias legales que ello implique”.


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