/ viernes 10 de junio de 2022

No te pueden retener tu salario por no tener la constancia fiscal

Con la prórroga lanzada el 8 de junio los empleadores no podrán retener el salario de sus trabajadores; entérate de los detalles aquí

El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) Guanajuato, emitió una serie de recomendaciones a los patrones y sus trabajadores para obtener la constancia de situación fiscal y dejó en claro que con la prórroga lanzada el 8 de junio los empleadores no podrán retener el salario de sus trabajadores.

El pasado 8 de junio el Servicio de Administración Tributaria (SAT), lanzó una prórroga para la constancia de situación fiscal, misma que entra en vigor el 1ro de enero del 2023, en dicha prórroga menciona que no será obligatorio para los trabajadores generarla antes del mes de julio, además de que el patrón no podrá retener el salario de sus trabajadores si no cuentan con esta constancia antes del día primero del mes señalado.

Por su parte, Isabel Mora Sánchez, asociada al IMEF, recomienda a los trabajadores a que realicen su constancia lo más pronto posible y a que no lo dejen todo para el final, ya que menciona que el SAT está siendo incongruente con el hecho de que este documento no lo requiere al trabajador, sin embargo a la empresa si lo va a requerir.

Cómo colaborador si recomendamos que hagan el proceso como se debe, hay plataformas en las que puedes hacerlo, de hecho hay plataformas que se tienen en el móvil y puedes realizarlo. Otra recomendación a los empleadores es que dejen a sus trabajadores ir. Porque muchos no están creyendo que sea necesario pero si hay colaboradores que de plano no tienen ningún contacto con ese tipo de trámites y si es importante que lo hagan”, indicó Isabel Mora.

Aunque aseguró que en estos momentos la constancia de situación fiscal no es tan importante como una e.firma, es necesario contar con ella ya que en un futuro se convertirá en un documento tan importante como esta e.firma o un acta de nacimiento.

Es de mencionar que la nueva versión de la factura 4.0 se implementará de manera oficial por el SAT en enero, pero el órgano ha generado una serie de confusiones en los usuarios, ya que en un principio se comentó que solo era necesario el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero incluso sin aún tener la aplicación 4.0, al momento de timbrar, esta plataforma marca error.

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Mientras que como empresas el SAT menciona que tienen la obligación de revisar la situación fiscal y ver qué el trabajador haya realizado sus trámites correctamente, esto debido a que al no poder realizar el timbrado esta cantidad no será deducible de impuestos.

Aquellas empresas que ya están dentro de la plataforma 4.0, necesitan a fuerza la constancia, por eso hizo la prórroga por qué vio que al momento de que ellos analizan que tanto se ha subido, como están timbrando, si todavía estás usando la página donde revisan, va a ser imposible que ellos tengan los movimientos al 1 de julio”, comentó.

Venta de constancias y e.firma

También Isabel Mora mencionó que esta extensión de tiempo evitará que lleven a cabo casos de corrupción ya que anteriormente se dieron casos en el estado de Guanajuato donde presuntamente se vendieron citas hasta en 400 pesos mientras que las citas para las e.firmas hasta en 2 mil 500 pesos e inclusive hasta constancias falsas.

Como usuario se puede denunciar estos casos si son del SAT la queja puede ser en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), por qué lo que hace PRODECON es si necesitas hacer un proceso de firma electrónica es con ellos y el SAT, si tú les comentas que te están cobrando entonces tendrán que actuar al interior del SAT, lo manejan por convenios y si no en el mismo SAT, en el portal”, explicó.

El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) Guanajuato, emitió una serie de recomendaciones a los patrones y sus trabajadores para obtener la constancia de situación fiscal y dejó en claro que con la prórroga lanzada el 8 de junio los empleadores no podrán retener el salario de sus trabajadores.

El pasado 8 de junio el Servicio de Administración Tributaria (SAT), lanzó una prórroga para la constancia de situación fiscal, misma que entra en vigor el 1ro de enero del 2023, en dicha prórroga menciona que no será obligatorio para los trabajadores generarla antes del mes de julio, además de que el patrón no podrá retener el salario de sus trabajadores si no cuentan con esta constancia antes del día primero del mes señalado.

Por su parte, Isabel Mora Sánchez, asociada al IMEF, recomienda a los trabajadores a que realicen su constancia lo más pronto posible y a que no lo dejen todo para el final, ya que menciona que el SAT está siendo incongruente con el hecho de que este documento no lo requiere al trabajador, sin embargo a la empresa si lo va a requerir.

Cómo colaborador si recomendamos que hagan el proceso como se debe, hay plataformas en las que puedes hacerlo, de hecho hay plataformas que se tienen en el móvil y puedes realizarlo. Otra recomendación a los empleadores es que dejen a sus trabajadores ir. Porque muchos no están creyendo que sea necesario pero si hay colaboradores que de plano no tienen ningún contacto con ese tipo de trámites y si es importante que lo hagan”, indicó Isabel Mora.

Aunque aseguró que en estos momentos la constancia de situación fiscal no es tan importante como una e.firma, es necesario contar con ella ya que en un futuro se convertirá en un documento tan importante como esta e.firma o un acta de nacimiento.

Es de mencionar que la nueva versión de la factura 4.0 se implementará de manera oficial por el SAT en enero, pero el órgano ha generado una serie de confusiones en los usuarios, ya que en un principio se comentó que solo era necesario el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero incluso sin aún tener la aplicación 4.0, al momento de timbrar, esta plataforma marca error.

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Mientras que como empresas el SAT menciona que tienen la obligación de revisar la situación fiscal y ver qué el trabajador haya realizado sus trámites correctamente, esto debido a que al no poder realizar el timbrado esta cantidad no será deducible de impuestos.

Aquellas empresas que ya están dentro de la plataforma 4.0, necesitan a fuerza la constancia, por eso hizo la prórroga por qué vio que al momento de que ellos analizan que tanto se ha subido, como están timbrando, si todavía estás usando la página donde revisan, va a ser imposible que ellos tengan los movimientos al 1 de julio”, comentó.

Venta de constancias y e.firma

También Isabel Mora mencionó que esta extensión de tiempo evitará que lleven a cabo casos de corrupción ya que anteriormente se dieron casos en el estado de Guanajuato donde presuntamente se vendieron citas hasta en 400 pesos mientras que las citas para las e.firmas hasta en 2 mil 500 pesos e inclusive hasta constancias falsas.

Como usuario se puede denunciar estos casos si son del SAT la queja puede ser en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), por qué lo que hace PRODECON es si necesitas hacer un proceso de firma electrónica es con ellos y el SAT, si tú les comentas que te están cobrando entonces tendrán que actuar al interior del SAT, lo manejan por convenios y si no en el mismo SAT, en el portal”, explicó.

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