/ viernes 21 de mayo de 2021

Momento Corporativo | CIRT, ¿y dónde quedo la libertad de expresión?

Enérgico, y ampliamente justificado, fue el reclamo de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) respecto a la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Y es que dicha sentencia constituye un ataque directo a la libertad de expresión, al derecho a la información y a los derechos de las audiencias ya que pretende restituir la vigencia de los Lineamientos de Audiencias del IFT de 2016, o si fuera el caso nuevos lineamientos, lo que no sólo es una amenaza de retroceso, sino que configura un modelo de censura, suprime la autorregulación y viola flagrantemente la Constitución. El 31 de octubre de 2017, mediante un decreto, fueron abrogados los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, revocación que incluso había sido ya ratificada por la propia Segunda Sala de la Corte en las controversias que promovió el Senado de la República y el Poder Ejecutivo Federal, lo “que hace que la sentencia aprobada en el presente asunto tenga la gravísima consecuencia de violentar la cosa juzgada”. Pero más allá de los aspectos y tecnicismos legales, la gravedad de tema es que los citados lineamientos proponen un régimen de control editorial sobre los medios de comunicación mediante cuatro herramientas de censura: 1) Imponer obligaciones no previstas en la Ley, como sería que los conductores, noticiarios y en general cualquier persona que haga uso del micrófono en radio y televisión, tengan que diferenciar, a cada momento, de manera clara, a juicio del IFT, entre opinión e información a través de campanillas o anuncios, medida absurda que, por supuesto, no existe en ningún país democrático. 2) Controlar la designación y actuación del defensor de audiencias, convirtiéndolo en un censor de contenidos al servicio de la autoridad. 3) Injerencia en la libertad editorial de cada medio de comunicación al poder rechazar los contenidos de su Código de Ética. Y 4) Suspensión precautoria de transmisiones. Y todos los puntos anteriores vía sólo unos lineamentos del IFT, y no mediante una ley emitida por lo que la CIRT impugnará la resolución ante instancias internacionales de derechos humanos y ante el Consejo de la Judicatura Federal.

Mismo vuelo

En sintonía con las favorables perspectivas que anticipan diversas corredurías nacionales e internacionales, Volaris que encabeza Enrique Javier Beltranena actualizó sus estimaciones financieras y operativas del segundo trimestre del año, como resultado del reciente dinamismo del mercado doméstico y del segmento internacional transfronterizo con Estados Unidos, aunque reconoció que todavía es incierta la velocidad de la recuperación postpandemia. La decisión fue bien recibida por los inversionistas y provocó que las acciones de la aerolínea de ultra bajo costo que cotizan en la BMV de José Oriol Bosch tocaran su mejor nivel desde 2016.

@robertoah

Enérgico, y ampliamente justificado, fue el reclamo de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) respecto a la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Y es que dicha sentencia constituye un ataque directo a la libertad de expresión, al derecho a la información y a los derechos de las audiencias ya que pretende restituir la vigencia de los Lineamientos de Audiencias del IFT de 2016, o si fuera el caso nuevos lineamientos, lo que no sólo es una amenaza de retroceso, sino que configura un modelo de censura, suprime la autorregulación y viola flagrantemente la Constitución. El 31 de octubre de 2017, mediante un decreto, fueron abrogados los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, revocación que incluso había sido ya ratificada por la propia Segunda Sala de la Corte en las controversias que promovió el Senado de la República y el Poder Ejecutivo Federal, lo “que hace que la sentencia aprobada en el presente asunto tenga la gravísima consecuencia de violentar la cosa juzgada”. Pero más allá de los aspectos y tecnicismos legales, la gravedad de tema es que los citados lineamientos proponen un régimen de control editorial sobre los medios de comunicación mediante cuatro herramientas de censura: 1) Imponer obligaciones no previstas en la Ley, como sería que los conductores, noticiarios y en general cualquier persona que haga uso del micrófono en radio y televisión, tengan que diferenciar, a cada momento, de manera clara, a juicio del IFT, entre opinión e información a través de campanillas o anuncios, medida absurda que, por supuesto, no existe en ningún país democrático. 2) Controlar la designación y actuación del defensor de audiencias, convirtiéndolo en un censor de contenidos al servicio de la autoridad. 3) Injerencia en la libertad editorial de cada medio de comunicación al poder rechazar los contenidos de su Código de Ética. Y 4) Suspensión precautoria de transmisiones. Y todos los puntos anteriores vía sólo unos lineamentos del IFT, y no mediante una ley emitida por lo que la CIRT impugnará la resolución ante instancias internacionales de derechos humanos y ante el Consejo de la Judicatura Federal.

Mismo vuelo

En sintonía con las favorables perspectivas que anticipan diversas corredurías nacionales e internacionales, Volaris que encabeza Enrique Javier Beltranena actualizó sus estimaciones financieras y operativas del segundo trimestre del año, como resultado del reciente dinamismo del mercado doméstico y del segmento internacional transfronterizo con Estados Unidos, aunque reconoció que todavía es incierta la velocidad de la recuperación postpandemia. La decisión fue bien recibida por los inversionistas y provocó que las acciones de la aerolínea de ultra bajo costo que cotizan en la BMV de José Oriol Bosch tocaran su mejor nivel desde 2016.

@robertoah