/ jueves 20 de julio de 2023

Ley 73 vs Ley 97. ¿Cuáles son las diferencias?

La ley del Seguro social ha tenido diversas reformas, reformas. Actualmente contamos con dos leyes que conviven y delinean el ramo de pensión por edad, ya sea por cesantía, por edad avanzada o por vejez, a la primera se le conoce como Ley 73, que fue el año en que fue promulgada y que se mantuvo vigente hasta el primero de julio de 1997, fechan en que entró en vigor la Ley del Seguro Social que nos rige actualmente.

Si un trabajador entró a laborar con Seguro Social después del primero de julio de 1997, en automático cotiza bajo el nuevo esquema de pensión, pero si su alta ante el IMSS es previa se le seguirá respetando sus derechos de la antigua ley en materia de pensión o en su caso podrá adherirse a lo estipulado en la nueva ley a su conveniencia.

Pero, ¿sabes cuál es la diferencia entre ambas leyes en materia de pensión y cuál ley es la que más conviene en ese rubro?

I. El trabajador que se pensiona bajo la Ley 73, el gobierno asume la carga del pago de la pensión y el trabajador de Ley 97, a través de sus recursos, contratan los servicios de alguna aseguradora para recibir una renta vitalicia o bien por medio de su Afore realizan retiros programados.

II. Los requisitos para que un trabajador tenga derecho a la pensión por edad varían de una ley a otra: con la Ley 73 es haber cumplido una edad mínima de 60 años, haber cotizado como mínimo 500 semanas y que dichas semanas estén dentro de su conservación de derechos. Con la Ley 97 se pide tener una edad mínima de 60 años y tener un mínimo de mil semanas cotizadas.

Los trabajadores que pertenezcan a la Ley 73 y que cuenten con más de mil semanas cotizadas, podrán elegir bajo cuál de las dos leyes desea pensionarse, esto a través de una solicitud de oferta que le brinda el Seguro Social al momento de tramitar su pensión y en donde le especifica el monto y derecho a los recursos que corresponde cada uno de sus regímenes.

III. Cálculo de pensión. Con Ley 73 se toma en cuenta tres factores: la edad del trabajador, el número de semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos cinco años, por su parte la Ley del 97 toma como factor la edad del trabajador y el monto de su cuenta individual, es decir, entre más dinero tenga en su cuenta individual, mejor pensión tendrá derecho el trabajador.

Es importancia hacer notar el papel que tienen las semanas cotizadas en ambas leyes, en el régimen 73 todas las semanas excedentes de las 500 semanas mínimas de ley le permitirán al trabajador elevar su pensión, pues las semanas excedentes le generan incrementos de la cuantía de su pensión. Por su parte, con Ley 97 semanas excedentes de las mil no influyen en la cuantía de la pensión del trabajador.

IV. La fórmula para una buena pensión con Ley 73 es cotizar la mayor cantidad de semanas y elevar lo más que puedan el salario que se cotiza los últimos cinco años, sea con una modalidad o con un patrón. Con Ley 97, la fórmula es ahorrar y contar con algún plan financiero para su retiro que complemente el esquema tradicional.

Recuerda si lo deseas puedes consultar la guía de como pensionarte y otros temas de seguridad social en mi página de Facebook.


Consultor y asesor en Afores, pensiones y jubilaciones

@gyairapuato

http://grupoaseguradorgya.com,

sobrepensiones@gmail.com

La ley del Seguro social ha tenido diversas reformas, reformas. Actualmente contamos con dos leyes que conviven y delinean el ramo de pensión por edad, ya sea por cesantía, por edad avanzada o por vejez, a la primera se le conoce como Ley 73, que fue el año en que fue promulgada y que se mantuvo vigente hasta el primero de julio de 1997, fechan en que entró en vigor la Ley del Seguro Social que nos rige actualmente.

Si un trabajador entró a laborar con Seguro Social después del primero de julio de 1997, en automático cotiza bajo el nuevo esquema de pensión, pero si su alta ante el IMSS es previa se le seguirá respetando sus derechos de la antigua ley en materia de pensión o en su caso podrá adherirse a lo estipulado en la nueva ley a su conveniencia.

Pero, ¿sabes cuál es la diferencia entre ambas leyes en materia de pensión y cuál ley es la que más conviene en ese rubro?

I. El trabajador que se pensiona bajo la Ley 73, el gobierno asume la carga del pago de la pensión y el trabajador de Ley 97, a través de sus recursos, contratan los servicios de alguna aseguradora para recibir una renta vitalicia o bien por medio de su Afore realizan retiros programados.

II. Los requisitos para que un trabajador tenga derecho a la pensión por edad varían de una ley a otra: con la Ley 73 es haber cumplido una edad mínima de 60 años, haber cotizado como mínimo 500 semanas y que dichas semanas estén dentro de su conservación de derechos. Con la Ley 97 se pide tener una edad mínima de 60 años y tener un mínimo de mil semanas cotizadas.

Los trabajadores que pertenezcan a la Ley 73 y que cuenten con más de mil semanas cotizadas, podrán elegir bajo cuál de las dos leyes desea pensionarse, esto a través de una solicitud de oferta que le brinda el Seguro Social al momento de tramitar su pensión y en donde le especifica el monto y derecho a los recursos que corresponde cada uno de sus regímenes.

III. Cálculo de pensión. Con Ley 73 se toma en cuenta tres factores: la edad del trabajador, el número de semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos cinco años, por su parte la Ley del 97 toma como factor la edad del trabajador y el monto de su cuenta individual, es decir, entre más dinero tenga en su cuenta individual, mejor pensión tendrá derecho el trabajador.

Es importancia hacer notar el papel que tienen las semanas cotizadas en ambas leyes, en el régimen 73 todas las semanas excedentes de las 500 semanas mínimas de ley le permitirán al trabajador elevar su pensión, pues las semanas excedentes le generan incrementos de la cuantía de su pensión. Por su parte, con Ley 97 semanas excedentes de las mil no influyen en la cuantía de la pensión del trabajador.

IV. La fórmula para una buena pensión con Ley 73 es cotizar la mayor cantidad de semanas y elevar lo más que puedan el salario que se cotiza los últimos cinco años, sea con una modalidad o con un patrón. Con Ley 97, la fórmula es ahorrar y contar con algún plan financiero para su retiro que complemente el esquema tradicional.

Recuerda si lo deseas puedes consultar la guía de como pensionarte y otros temas de seguridad social en mi página de Facebook.


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