/ jueves 11 de julio de 2024

Defensa de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición: una guía esencial para la justicia y la igualdad

En el contexto actual, la defensa de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición ha adquirido una relevancia crucial. Estas mujeres, valientes y resilientes, se enfrentan a múltiples desafíos en su lucha por encontrar a sus seres queridos desaparecidos. La importancia de defender sus derechos no solo radica en la justicia y el reconocimiento que merecen, sino también en la necesidad de hacer visible y abordar las problemáticas específicas que enfrentan debido a su género.

Hace unos días en la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas (CEAIV) presentamos ante los integrantes del Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres la “Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición”, un material que se desprende de la “Guía de los derechos de las víctimas” que publicamos en el 2021 con la intención de informarles a las víctimas, de manera amigable, los derechos previstos en la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato, así como la manera de ejercerlos.

La Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición forma parte de las acciones que realizamos para atender la solicitud de la Alerta de Género del Estado Guanajuato en el 2023 que trabajamos en conjunto con la Comisión de Búsqueda, la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PEPNNA), el Instituto de la Mujer Guanajuatense (IMUG) y el Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno. Algunas de las acciones son la creación de los Mecanismos de Protección de Mujeres y Madres Buscadoras; el diagnóstico de capacidades humanas y materiales con las que cuentan las comisiones de Víctimas y de Búsqueda, entre otras.

De ahí la importancia de generar esta Guía de derechos, en la que se destacan los derechos de las víctimas directas e indirectas de desaparición y la importancia de avisar a las autoridades desde el primer momento en el que se desconozca la ubicación del familiar.

A las mujeres víctimas directas de desaparición debemos garantizar la protección de sus derechos, personalidad e intereses jurídicos. De la misma manera, tienen derecho a que su nombre y honra sean restablecidos en casos donde su defensa haya sido imposible debido a su condición de persona desaparecida. Y a que su búsqueda se realice con perspectiva de género.

Históricamente, las mujeres han sido relegadas a roles secundarios y sus voces a menudo han sido silenciadas. En el contexto de las desapariciones, las mujeres no sólo sufren la pérdida de sus seres queridos, sino que también enfrentan amenazas, estigmatización y violencia por el simple hecho de buscar justicia. Adoptar una perspectiva de género en las búsquedas implica reconocer estas realidades y diseñar estrategias que gestionen de manera específica las necesidades y vulnerabilidades de las mujeres buscadoras.

Una búsqueda con perspectiva de género implica aceptar que las mujeres enfrentan riesgos adicionales debido a su género y trabajar para protegerlas y apoyarlas. Garantizar que las mujeres tengan un papel central en las decisiones y acciones relacionadas con las búsquedas. Proveer servicios de apoyo que aborden los traumas específicos que sufren las mujeres. Así como asegurar que todos los actores involucrados en las búsquedas estén capacitados para comprender y abordar las cuestiones de género.

Adicionalmente, las mujeres buscadoras tienen el derecho a participar dando acompañamiento y ser informadas de manera oportuna de aquellas acciones de búsqueda que las autoridades competentes realicen tendientes a la localización de la persona desaparecida. Asimismo, tienen derecho a beneficiarse de los programas o acciones de protección de salvaguarda de su integridad física y emocional que emita la Comisión de Búsqueda o ésta promueva ante autoridad competente.

Dentro de la Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición también se mencionan las medidas de atención inmediata; como la atención psicológica, medidas en materia de protección, la atención jurídica, entre otras. Así como las medidas de asistencia como son: pago de viáticos, medidas alimentarias, acompañamiento jurídico, educativas, entre otras.

En cada mujer buscadora se refleja la fuerza de la justicia y la esperanza; su lucha es la nuestra y su voz, un llamado a la equidad y la humanidad.

Por ello, en la CEAIV hemos trabajado día con día para proporcionar apoyo integral a las víctimas y sus familias, con enfoque particular en la protección y promoción de los derechos de las mujeres, buscando siempre que se les reconozca por su labor.

Es necesario seguir promoviendo la incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas de las búsquedas y en todas las instituciones involucradas. Sólo así podremos avanzar hacia una sociedad más justa y equitativa, donde los derechos de las mujeres sean plenamente reconocidos y protegidos.

Defender los derechos de las mujeres buscadoras es un imperativo moral y social. Implica no sólo apoyar su valiente lucha, sino también transformar las estructuras y actitudes que perpetúan la desigualdad y la violencia de género.

  • Te invito a conocer y descargar la Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición ubicada dentro de nuestra página web comisionparavictimas.guanajuato.gob.mx. Y trabajar juntos en la defensa y procuración de los derechos de las mujeres víctimas.

En la búsqueda de justicia, no podemos permitir que las voces de las mujeres víctimas de desaparición se apaguen; su lucha es nuestra lucha, y su derecho a ser encontradas y protegidas es un deber necesario de toda sociedad.

Jaime Rochín del Rincón


En el contexto actual, la defensa de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición ha adquirido una relevancia crucial. Estas mujeres, valientes y resilientes, se enfrentan a múltiples desafíos en su lucha por encontrar a sus seres queridos desaparecidos. La importancia de defender sus derechos no solo radica en la justicia y el reconocimiento que merecen, sino también en la necesidad de hacer visible y abordar las problemáticas específicas que enfrentan debido a su género.

Hace unos días en la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas (CEAIV) presentamos ante los integrantes del Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres la “Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición”, un material que se desprende de la “Guía de los derechos de las víctimas” que publicamos en el 2021 con la intención de informarles a las víctimas, de manera amigable, los derechos previstos en la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato, así como la manera de ejercerlos.

La Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición forma parte de las acciones que realizamos para atender la solicitud de la Alerta de Género del Estado Guanajuato en el 2023 que trabajamos en conjunto con la Comisión de Búsqueda, la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PEPNNA), el Instituto de la Mujer Guanajuatense (IMUG) y el Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno. Algunas de las acciones son la creación de los Mecanismos de Protección de Mujeres y Madres Buscadoras; el diagnóstico de capacidades humanas y materiales con las que cuentan las comisiones de Víctimas y de Búsqueda, entre otras.

De ahí la importancia de generar esta Guía de derechos, en la que se destacan los derechos de las víctimas directas e indirectas de desaparición y la importancia de avisar a las autoridades desde el primer momento en el que se desconozca la ubicación del familiar.

A las mujeres víctimas directas de desaparición debemos garantizar la protección de sus derechos, personalidad e intereses jurídicos. De la misma manera, tienen derecho a que su nombre y honra sean restablecidos en casos donde su defensa haya sido imposible debido a su condición de persona desaparecida. Y a que su búsqueda se realice con perspectiva de género.

Históricamente, las mujeres han sido relegadas a roles secundarios y sus voces a menudo han sido silenciadas. En el contexto de las desapariciones, las mujeres no sólo sufren la pérdida de sus seres queridos, sino que también enfrentan amenazas, estigmatización y violencia por el simple hecho de buscar justicia. Adoptar una perspectiva de género en las búsquedas implica reconocer estas realidades y diseñar estrategias que gestionen de manera específica las necesidades y vulnerabilidades de las mujeres buscadoras.

Una búsqueda con perspectiva de género implica aceptar que las mujeres enfrentan riesgos adicionales debido a su género y trabajar para protegerlas y apoyarlas. Garantizar que las mujeres tengan un papel central en las decisiones y acciones relacionadas con las búsquedas. Proveer servicios de apoyo que aborden los traumas específicos que sufren las mujeres. Así como asegurar que todos los actores involucrados en las búsquedas estén capacitados para comprender y abordar las cuestiones de género.

Adicionalmente, las mujeres buscadoras tienen el derecho a participar dando acompañamiento y ser informadas de manera oportuna de aquellas acciones de búsqueda que las autoridades competentes realicen tendientes a la localización de la persona desaparecida. Asimismo, tienen derecho a beneficiarse de los programas o acciones de protección de salvaguarda de su integridad física y emocional que emita la Comisión de Búsqueda o ésta promueva ante autoridad competente.

Dentro de la Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición también se mencionan las medidas de atención inmediata; como la atención psicológica, medidas en materia de protección, la atención jurídica, entre otras. Así como las medidas de asistencia como son: pago de viáticos, medidas alimentarias, acompañamiento jurídico, educativas, entre otras.

En cada mujer buscadora se refleja la fuerza de la justicia y la esperanza; su lucha es la nuestra y su voz, un llamado a la equidad y la humanidad.

Por ello, en la CEAIV hemos trabajado día con día para proporcionar apoyo integral a las víctimas y sus familias, con enfoque particular en la protección y promoción de los derechos de las mujeres, buscando siempre que se les reconozca por su labor.

Es necesario seguir promoviendo la incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas de las búsquedas y en todas las instituciones involucradas. Sólo así podremos avanzar hacia una sociedad más justa y equitativa, donde los derechos de las mujeres sean plenamente reconocidos y protegidos.

Defender los derechos de las mujeres buscadoras es un imperativo moral y social. Implica no sólo apoyar su valiente lucha, sino también transformar las estructuras y actitudes que perpetúan la desigualdad y la violencia de género.

  • Te invito a conocer y descargar la Guía de los derechos de las mujeres víctimas de desaparición ubicada dentro de nuestra página web comisionparavictimas.guanajuato.gob.mx. Y trabajar juntos en la defensa y procuración de los derechos de las mujeres víctimas.

En la búsqueda de justicia, no podemos permitir que las voces de las mujeres víctimas de desaparición se apaguen; su lucha es nuestra lucha, y su derecho a ser encontradas y protegidas es un deber necesario de toda sociedad.

Jaime Rochín del Rincón