/ jueves 17 de agosto de 2023

¿Cómo puedo incrementar mi pensión? Aquí te lo cuento

Continúan llegando preguntas para resolver varias dudas sobre el tema de pensiones y también sobre si se puede disponer del dinero que se tiene en la Afore y de ser así, cuál es el proceso. Por ello, a continuación, presentaré las preguntas más comunes, con sus soluciones, para que las personas puedan tomar la mejor decisión.


¿Cuánto se le retiene de impuesto a un pensionado?

Los ingresos por concepto de jubilación o de pensión están exentas de impuesto sobre la renta, hasta un límite de 15 UMAS elevadas al mes, es decir, 46 mil 683 pesos; una vez que se rebasa esa cantidad se grava el excedente del ingreso.


Si pago demasiado impuesto, ¿cómo puedo disminuir la carga fiscal?

Sin importar si eres jubilado, pensionado, trabajador asalariado, independiente o empresario persona física, la carga fiscal puede disminuir, haciendo uso de los instrumentos enumerados en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: gastos médicos mayores, crédito hipotecario, pago de colegiatura de los hijos, honorarios médicos, dentales, psicológico u odontólogo, gastos hospitalarios, funeral y donativos, pudiendo deducir hasta el equivalente al 15% del ingreso a anualizado. Adicional a estos instrumentos, si contratas un Plan Personal de Retiro (PPR) o realizas aportaciones complementarias de retiro, puedes deducir un 10% de tu ingreso a anualizado topado a un límite de 5 UMAS analizadas al año, es decir, 186 mil 732 pesos ejercicio 2023.


¿Cuándo puedo disponer de os recursos del SAR?

Los recursos del SAR se pueden disponer cuando el trabajador se pensiona por edad, por una invalidez definitiva, una incapacidad parcial permanente mayor del 50%, también si se jubila (bajo un contrato colectivo de trabajo). Si el trabajador no tuviese derecho a una pensión (negativa de pensión), estos recursos se pueden disponer hasta los 65 años. Este trámite de disposición de recursos del SAR se hace directamente en la Afore.


¿Qué pasa con los recursos de Infonavit si no hago uso de mi crédito?

Cuando un trabajador se pensiona bajo el régimen 73, estos recursos se le devuelven al trabajador pensionado. Cuando se pensiona bajo el régimen 97, estos recursos se suman a los recursos de retiro, cesantía y vejez para incrementar el monto de la pensión.


Modos de aumentar la pensión

Con Ley 73, se deben de cuidar dos cosas, principalmente: el número de semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos cinco años, debe ser algo combinado, de lo contrario no se verá reflejado en la cuantía de la pensión; para seguir cotizando y mejorar la calidad salarial, se pueden contratar la Modalidad 40. En Ley 97, la pensión es razón del monto que se tenga en la cuenta individual, es de vital importancia que tengas un plan complementario para tu pensión. Si realizas aportaciones voluntarias a la cuenta individual, te aconsejo que al final no lo juntes con los recursos de RCV, pues al hacerlo solo disminuirás la carga de la obligación de gobierno, es mejor tener esos recursos para tener un colchón económico alterno.

Recuerda que si lo deseas puedes consultar la guía de como pensionarte y otros temas de seguridad social en mi página de Facebook.



Consultor y asesor en Afores, pensiones y jubilaciones

@gyairapuato

http://grupoaseguradorgya.com,

sobrepensiones@gmail.com

Continúan llegando preguntas para resolver varias dudas sobre el tema de pensiones y también sobre si se puede disponer del dinero que se tiene en la Afore y de ser así, cuál es el proceso. Por ello, a continuación, presentaré las preguntas más comunes, con sus soluciones, para que las personas puedan tomar la mejor decisión.


¿Cuánto se le retiene de impuesto a un pensionado?

Los ingresos por concepto de jubilación o de pensión están exentas de impuesto sobre la renta, hasta un límite de 15 UMAS elevadas al mes, es decir, 46 mil 683 pesos; una vez que se rebasa esa cantidad se grava el excedente del ingreso.


Si pago demasiado impuesto, ¿cómo puedo disminuir la carga fiscal?

Sin importar si eres jubilado, pensionado, trabajador asalariado, independiente o empresario persona física, la carga fiscal puede disminuir, haciendo uso de los instrumentos enumerados en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: gastos médicos mayores, crédito hipotecario, pago de colegiatura de los hijos, honorarios médicos, dentales, psicológico u odontólogo, gastos hospitalarios, funeral y donativos, pudiendo deducir hasta el equivalente al 15% del ingreso a anualizado. Adicional a estos instrumentos, si contratas un Plan Personal de Retiro (PPR) o realizas aportaciones complementarias de retiro, puedes deducir un 10% de tu ingreso a anualizado topado a un límite de 5 UMAS analizadas al año, es decir, 186 mil 732 pesos ejercicio 2023.


¿Cuándo puedo disponer de os recursos del SAR?

Los recursos del SAR se pueden disponer cuando el trabajador se pensiona por edad, por una invalidez definitiva, una incapacidad parcial permanente mayor del 50%, también si se jubila (bajo un contrato colectivo de trabajo). Si el trabajador no tuviese derecho a una pensión (negativa de pensión), estos recursos se pueden disponer hasta los 65 años. Este trámite de disposición de recursos del SAR se hace directamente en la Afore.


¿Qué pasa con los recursos de Infonavit si no hago uso de mi crédito?

Cuando un trabajador se pensiona bajo el régimen 73, estos recursos se le devuelven al trabajador pensionado. Cuando se pensiona bajo el régimen 97, estos recursos se suman a los recursos de retiro, cesantía y vejez para incrementar el monto de la pensión.


Modos de aumentar la pensión

Con Ley 73, se deben de cuidar dos cosas, principalmente: el número de semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos cinco años, debe ser algo combinado, de lo contrario no se verá reflejado en la cuantía de la pensión; para seguir cotizando y mejorar la calidad salarial, se pueden contratar la Modalidad 40. En Ley 97, la pensión es razón del monto que se tenga en la cuenta individual, es de vital importancia que tengas un plan complementario para tu pensión. Si realizas aportaciones voluntarias a la cuenta individual, te aconsejo que al final no lo juntes con los recursos de RCV, pues al hacerlo solo disminuirás la carga de la obligación de gobierno, es mejor tener esos recursos para tener un colchón económico alterno.

Recuerda que si lo deseas puedes consultar la guía de como pensionarte y otros temas de seguridad social en mi página de Facebook.



Consultor y asesor en Afores, pensiones y jubilaciones

@gyairapuato

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