/ viernes 11 de febrero de 2022

Antena | El debate sobre la libertad de expresión

En el debate sobre la pretendida obligación de periodistas de distinguir entre su opinión y la información que presentan, dentro del orden jurídico existen dos antecedentes relevantes en el sentido de que el Estado no debe establecer modelos de corrección al lenguaje o sobre la forma en que deben expresarse las personas.

El primer precedente es la Jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha referido que “el uso correcto del lenguaje es claro que no busca realizar un fin constitucionalmente legítimo, por el contrario, el uso correcto del lenguaje debe calificarse como un fin ilegítimo desde la perspectiva de todos los derechos involucrados y contrario a los fines de una democracia multicultural”, en consecuencia, es ilegítimo imponer “como se dice” o “debe decirse algo”.

En consecuencia, el Estado no puede entorpecer la función social de la libertad de expresión y tampoco se puede erigir como guardián de la cantidad o calidad de las expresiones u opiniones, es totalmente inconstitucional imponer patrones sobre cómo deben expresarse los medios.

El segundo precedente es que recién esta semana la Cámara de Diputados derogó la fracción IX del Artículo 223 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que constreñía a la radio y televisión a propiciar un “uso correcto del lenguaje”, la decisión legislativa razona que el lenguaje es multicultural y evolutivo, lo que significa que, cada quien puede expresarse según su tiempo, circunstancias y condiciones culturales y educativas, se busca evitar la imposición de un modelo de discurso o de una forma correcta de hacerlo y sobre todo evitar que una autoridad subjetivamente juzgue tal corrección y que impongan sanciones.

La citada reforma es un precedente de la mayor relevancia en esta LXV legislatura, ya que elimina una restricción artificial sobre cómo debe ser el lenguaje y la comunicación en la radio y televisión, lo señalo así, porque hay quienes aspiran a imponer restricciones al lenguaje para que los comunicadores estén distinguiendo entre su opinión y la información, están ávidos de tener un instrumento de censura para estar reconviniendo a los medios y comunicadores ante información que les incomode.

Los “ayatolas” que están a favor de la distinción entre opinión e información, es porque quieren ser ellos -como supuestos defensores de las audiencias- los que definan qué se dice y cómo se dice en los medios de comunicación, están en contra de una discusión desinhibida, robusta y plural necesaria en una democracia que exige que los medios y sus periodistas no estén sujetos a un permanente temor de ser sancionados por un uso incorrecto del lenguaje o por no seguir el modelo de discurso que pretende imponer una autoridad.

Lo que se trata es que exista una libertad de expresión plena, sin censura o amenazas. Esperemos que la Corte lo considere en unas semanas.

En el debate sobre la pretendida obligación de periodistas de distinguir entre su opinión y la información que presentan, dentro del orden jurídico existen dos antecedentes relevantes en el sentido de que el Estado no debe establecer modelos de corrección al lenguaje o sobre la forma en que deben expresarse las personas.

El primer precedente es la Jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha referido que “el uso correcto del lenguaje es claro que no busca realizar un fin constitucionalmente legítimo, por el contrario, el uso correcto del lenguaje debe calificarse como un fin ilegítimo desde la perspectiva de todos los derechos involucrados y contrario a los fines de una democracia multicultural”, en consecuencia, es ilegítimo imponer “como se dice” o “debe decirse algo”.

En consecuencia, el Estado no puede entorpecer la función social de la libertad de expresión y tampoco se puede erigir como guardián de la cantidad o calidad de las expresiones u opiniones, es totalmente inconstitucional imponer patrones sobre cómo deben expresarse los medios.

El segundo precedente es que recién esta semana la Cámara de Diputados derogó la fracción IX del Artículo 223 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que constreñía a la radio y televisión a propiciar un “uso correcto del lenguaje”, la decisión legislativa razona que el lenguaje es multicultural y evolutivo, lo que significa que, cada quien puede expresarse según su tiempo, circunstancias y condiciones culturales y educativas, se busca evitar la imposición de un modelo de discurso o de una forma correcta de hacerlo y sobre todo evitar que una autoridad subjetivamente juzgue tal corrección y que impongan sanciones.

La citada reforma es un precedente de la mayor relevancia en esta LXV legislatura, ya que elimina una restricción artificial sobre cómo debe ser el lenguaje y la comunicación en la radio y televisión, lo señalo así, porque hay quienes aspiran a imponer restricciones al lenguaje para que los comunicadores estén distinguiendo entre su opinión y la información, están ávidos de tener un instrumento de censura para estar reconviniendo a los medios y comunicadores ante información que les incomode.

Los “ayatolas” que están a favor de la distinción entre opinión e información, es porque quieren ser ellos -como supuestos defensores de las audiencias- los que definan qué se dice y cómo se dice en los medios de comunicación, están en contra de una discusión desinhibida, robusta y plural necesaria en una democracia que exige que los medios y sus periodistas no estén sujetos a un permanente temor de ser sancionados por un uso incorrecto del lenguaje o por no seguir el modelo de discurso que pretende imponer una autoridad.

Lo que se trata es que exista una libertad de expresión plena, sin censura o amenazas. Esperemos que la Corte lo considere en unas semanas.